Notaría para los Sacramentos

Sr. Vicario General

La Notaría para los Sacramentos


Artículo 25.

La notaría de matrimonios depende orgánicamente del Vicario General. Su misión es tramitar la concesión de dispensas de amonestaciones, impedimentos matrimoniales y de la forma canónica, de expedientes que implican relación con otras diócesis, convalidaciones matrimoniales y autorización de matrimonios que no se deben celebrar sin licencia del Ordinario del lugar.

El auxiliar de esta notaria es también notario y secretario de la misma (CC. 483 y 484). Asimismo, en ausencia del Canciller, con el visto bueno del Ordinario del lugar, podrá actuar como notario y secretario para cualquier acto o asunto de la curia.

 

Artículo 26.

También realizará la legalización de partidas de Bautismo, y recogerá y enviará las notificaciones de sacramentos para ser anotadas en los libros parroquiales.