Comunica
Describe los hechos y aporta, si lo deseas, documentos, una nota de voz o una solicitud de reunión.
Canal confidencial de Canal Ético para comunicar posibles infracciones normativas o conductas irregulares conforme al procedimiento interno y a la Ley 2/2023.
Puedes hacerlo sin identificarte. Al finalizar recibirás un código de expediente y una clave secreta para consultar el estado y mantener la comunicación.
Accede con el código y la clave que recibiste. No necesitas una cuenta de usuario ni iniciar sesión en la web corporativa.
Describe los hechos y aporta, si lo deseas, documentos, una nota de voz o una solicitud de reunión.
El sistema genera un código y una clave privada. Son necesarios para volver a acceder de forma confidencial.
Consulta acuses, mensajes, solicitudes de información y resolución desde el mismo canal.
Cualquier persona que, en un contexto laboral o profesional o en los demás supuestos protegidos por la normativa aplicable, tenga conocimiento de hechos susceptibles de comunicación.
Sobre personas físicas o jurídicas y hechos relacionados con la actividad de la entidad que puedan constituir infracciones incluidas en el ámbito del sistema.
El componente cifra el contenido sensible y restringe el acceso a responsables autorizados. La infraestructura del servidor debe configurarse también de forma coherente con estas garantías.
Permite a la entidad recibir, valorar, investigar y resolver informaciones sobre posibles incumplimientos normativos o conductas irregulares, con el objetivo de prevenirlos, detectarlos y corregirlos de acuerdo con el procedimiento interno aprobado.
Incluye la información disponible y el mayor detalle posible, evitando datos personales innecesarios o información ajena a los hechos.
La identidad del informante debe preservarse y no revelarse a terceros salvo en los supuestos legalmente previstos. La Ley 2/2023 prohíbe represalias contra las personas que reúnan las condiciones de protección.
El sistema controla el plazo de acuse y el plazo general de respuesta de tres meses, con posibilidad de registrar una ampliación excepcional de hasta otros tres meses cuando proceda.
Los datos se conservarán únicamente durante el tiempo necesario y proporcionado, aplicando el régimen previsto para el sistema interno, las investigaciones y el libro-registro.