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Asesor y consejero: D. Ginés Ampudia Caballero.
Instrucción de la CEE sobre los abusos sexuales de menores y personas vulnerables
Este documento se actualiza con las nuevas disposiciones establecidas en el texto definitivo de Vos estis Lux mundi, aprobado por el papa Francisco.
Asimismo, el documento será actualizado cada vez que varíe la normativa canónica vigente. Además, el carácter de Instrucción, al unificar y explicar el derecho vigente sobre la materia, refuerza el aspecto normativo del documento que tendrá fuerza de Normas y no solo de orientaciones, en línea con la voluntad manifestada por el Santo Padre.
• CAPÍTULO I. El tipo penal de abuso sexual de menores
• CAPÍTULO II. Procedimiento inicialmente ante las denuncias en el ámbito canónico: las actuaciones preliminares
• CAPÍTULO III. La investigación previa
• CAPÍTULO IV. Decisión del dicasterio para la Doctrina de la Fe y diversos aspectos comunes al proceso judicial y al administrativo
• CAPÍTULO V. El Procedimiento extrajudicial
• CAPÍTULO VI. El proceso judicial
Enlace a la INSTRUCCIÓN
Protocolo para prevención y actuación en caso de abusos
DECRETO
MANUEL HERRERO FERNÁNDEZ, O.S.A., Obispo de Palencia
En la Iglesia de Dios que camina por España se dan, junto a las buenas obras en las que brilla la gracia de Dios, las faltas por las que diariamente pedimos perdón en la Eucaristía, en la liturgia de las Horas, etc.
Uno de estos delitos que se dan tristemente son los abusos de menores, sin minusvalorar otro tipo de abusos que son difíciles detectar como abusos de conciencia, psicológicos, etc. La legislación civil y la eclesiástica contemplan diversos modos de tratamiento legal de esos abusos.
Estas tristes situaciones que han ocasionado y ocasionan escándalo necesitan, y así lo ha realizado la Conferencia Episcopal en diversas reuniones y documentos, de un PROTOCOLO MARCO PARA LA PREVENCIÓN Y ACTUACIÓN EN CASO DE ABUSOS DE MENORES Y EQUIPARABLES LEGALMENTE. Este es el PROTOCOLO que presento a la DIÓCESIS DE PALENCIA con el objeto de que tengamos un iter claro para proceder en estos casos de abusos.
Aunque se haya tratado en la Conferencia Episcopal Española, por el presente Decreto lo hago propio y así lo decreto para nuestra Iglesia.
Por el presente ordeno que se publique en el Boletín de la Diócesis, en la página WEB y se dé a conocer por los medios posibles y que entre en vigor a partir del día 22 de febrero de 2023.
En Palencia, a 7 de febrero de 2023
+ Manuel Herrero Fernández, OSA. Obispo de Palencia
Por disposición del Sr. Obispo. Natalia Aguado León. Secretaria-Canciller
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Otras normas en vigor
PREGUNTAS Y RESPUESTAS
Es también una desgracia para todo el Pueblo de Dios, a quien se le ha encargado la misión de anunciar el Evangelio. Él ha visto cómo algunos a quienes se les había confiado esta misión la han traicionado. Con ello, dificultan la vida cristiana de todos y el empeño evangélico al que todos están llamados.
Es también una desgracia para quien ha cometido los abusos. Está llamado a una sincera conversión que se debe expresar en obras concretas que van desde la petición de perdón y el cumplimiento de la pena que se le imponga, hasta la obligación de restituir, en lo que sea posible, el daño causado y las consecuencias derivadas.