Director: D. Gregorio González Alonso
Artículo 52.
El Secretariado de Pastoral de la Salud es el órgano diocesano encargado de la dinamización de la pastoral de la salud.
Estará dirigido por un Delegado o Director y asesorado por un equipo en el que estén representadas asociaciones y congregaciones relacionadas con a la atención a los enfermos, capellanas de hospitales, etc.
Sus tareas principales son:
1. Promover la iluminación cristiana de la salud y de la enfermedad.
2. Sensibilizar a la comunidad cristiana sobre el cuidado a los enfermos.
3. Cuidar la atención personal y formativa de los agentes de pastoral de la salud (capellanes, profesionales de la salud...).
4. Promover los Movimientos cristianos de enfermos y de profesionales de la salud.
5. Potenciar en las parroquias y arciprestazgos la creación de grupos de voluntarios de atención a los enfermos y sus familias.
6. Organizar las Jornadas Diocesanas de la Salud.
7. Participar en los organismos eclesiales, regionales y nacionales.
El Secretariado de Pastoral de la Salud es el órgano diocesano encargado de la dinamización de la pastoral de la salud.
Estará dirigido por un Delegado o Director y asesorado por un equipo en el que estén representadas asociaciones y congregaciones relacionadas con a la atención a los enfermos, capellanas de hospitales, etc.
Sus tareas principales son:
1. Promover la iluminación cristiana de la salud y de la enfermedad.
2. Sensibilizar a la comunidad cristiana sobre el cuidado a los enfermos.
3. Cuidar la atención personal y formativa de los agentes de pastoral de la salud (capellanes, profesionales de la salud...).
4. Promover los Movimientos cristianos de enfermos y de profesionales de la salud.
5. Potenciar en las parroquias y arciprestazgos la creación de grupos de voluntarios de atención a los enfermos y sus familias.
6. Organizar las Jornadas Diocesanas de la Salud.
7. Participar en los organismos eclesiales, regionales y nacionales.