+ Mons. Manuel Herrero Fernández, OSA. Obispo de Palencia
Yo siempre he creído que el derecho fundamental es el derecho a la vida, porque sobre ese derecho se construyen todos los demás derechos humanos. Pero parece que no es así.
El 9 de febrero de este año el Tribunal Constitucional rechazó, después de 13 años de consideración -eso se llama discernir y lo demás es cuento- la ponencia que declaraba inconstitucional la ley orgánica 2/2010 de salud sexual y reproductiva y de la interrupción voluntaria del embarazo, pidiendo una nueva ponencia. El 28 de febrero se publicó otra Ley Orgánica 1/2023 que modificaba ciertos aspectos de la ley anterior. Por cierto, ¡qué manipulación del lenguaje!: llamar al aborto “interrupción del embarazo”, como si el aborto fuera como interrumpir la luz eléctrica, que, cuando quiera, doy otra vez al interruptor y comienza a lucir la bombilla.
Se ha hecho otra ponencia y dicha ponencia declara constitucional el aborto, porque, para el ponente y los miembros del Constitucional que lo aprobaron, hay seres humanos que no tienen derechos.
«¿Cómo es posible hablar todavía de la dignidad de toda persona humana cuando se permite matar a la más débil e inocente? ¿En nombre de qué justicia se realiza la más injusta de las discriminaciones entre personas, declarando a algunas dignas de ser defendidas, mientras a otras se niega esta dignidad?» (San Juan Pablo II, 18 diciembre de 1987). El papa Francisco ha dicho: «Una vez más constatamos que el derecho a decidir y el deseo-sentimiento adquieren categoría jurídica al servicio de la construcción de un nuevo modelo social, para lo que es preciso “deconstruir” lo esencial del sistema vigente» (20 abril de 2023).
La Conferencia Episcopal Española hizo pública una nota, que me permito recoger, porque veo que muchos de los documentos o notas de la Iglesia quedan silenciados en muchos medios. Esta nota tiene 7 puntos que recojo para conocimiento y consideración de todos.
1. Defendemos la dignidad de cada persona humana, creada a imagen y semejanza de Dios, independientemente de su edad, raza, estado de salud.
2. Sólo se podría afirmar el derecho al aborto en el caso de que el embrión o el feto no fueran nada: pero, el no nacido no es una cosa, es un ser humano. Por eso, calificar como derecho la eliminación de manera voluntaria de la vida de un ser humano inocente es siempre moralmente malo. Con esta ley, el ser humano en los primeros momentos de su existencia es un verdadero sin papeles, candidato a la expulsión del seno materno.
3. Queremos reiterar nuestro apoyo incondicional a las mujeres que sufren las consecuencias de un embarazo no deseado, ofreciéndoles la ayuda eficaz de la Iglesia, a través de tantos programas y asociaciones, recodándoles que la muerte del hijo que llevan en su seno nunca es la solución a sus problemas.
4. Reiteramos que con esta ley los derechos y obligaciones del padre del no nacido quedan inhibidos y censurados.
5. Recordamos que, con resoluciones como la que se acaba de aprobar el “derecho” deja de ser tal porque no está ya fundamentando en la inviolable dignidad de la persona, sino que queda sometida la voluntad del más fuerte. De este modo la democracia, a pesar de sus reglas, va camino de un totalitarismo fundamental (San Juan Pablo II, Evangelium vitae, 20).
6. Invitamos a los profesionales sanitarios a ejercer su derecho a la objeción de conciencia y de ciencia, ya que “leyes de este tipo no solo no crean ninguna obligación e conciencia, sino que, al contrario, establecen una grave y precisa obligación de oponerse a ellas mediante la objeción de conciencia” (Idem, 73).
7. Animamos a todos los miembros del Pueblo de Dios y a todas las personas de buena voluntad a rechazar cualquier atentado contra la vida y a seguir trabajando con valentía y creatividad por instaurar la tan necesaria cultura de la vida. Sería muy grave quedarnos de brazos cruzados pensando que nada se puede hacer.
«Después de trece años de silencio que ha permitido la muerte de cerca de un millón y medio de vidas humanas, la aprobación de la ponencia por parte del Tribunal Constitucional viene a avalar las disposiciones de la llamada ley de plazos.
Ahora que se pide la supresión de la pena de muerte a los culpables, se legaliza la muerte de los inocentes. Se impone la ley del más fuerte, que decide sobre la vida del más débil. Si antes se discriminaba a las personas por razón de sexo, de la raza, o de la esclavitud, se la elimina ahora por razón de edad. Un día se escandalizarán de nuestra barbarie» (J. Ramón Flecha en Diario de León, 20.5.2023).